Decreto N° 2531: Feria administrativa de verano 2020-2021
Corrientes, 22 de diciembre de 2020
Visto:
La necesidad de reorganizar la actuación administrativa durante el mes de diciembre de 2020 para el año siguiente, y
Considerando:
Que la implementación de la feria administrativa contribuye a mejorar la eficiencia, eficacia y mejora continua de la gestión administrativa y del desempeño del personal de la Administración pública provincial, y a realizar los eventuales ajustes administrativos, operativos y económicos de la organización.
Que las circunstancias excepcionales generadas por la pandemia impusieron inexorablemente cambios primordiales en la vida social que demandan arduos esfuerzos de adaptación en los ámbitos: laboral, educativo, económico y, fundamentalmente, en las relaciones sociales que exigen rigurosas medidas de seguridad e higiene. La Administración pública en este contexto debe redoblar sus energías en el cumplimiento de sus funciones y esta feria es oportuna tanto para una pausa en el trabajo como para el reordenamiento de la actividad administrativa.
Que, en razón de ello, se considera conveniente su implementación adecuando los términos de su duración y asegurando la no interrupción de los servicios públicos del Estado.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes,
El Gobernador de la Provincia
Decreta:
ARTÍCULO 1º: DECLÁRASE feria administrativa para el personal de las reparticiones de la Administración pública provincial central, organismos descentralizados y autárquicos, la que será utilizada en el siguiente período: los días 28, 29 y 30 de diciembre de 2020 y los días 4, 5, 6, 7 y 8 de enero de 2021, con excepción de las áreas de: Salud, Seguridad, el Instituto de Cardiología y la Dirección Provincial de Energía de Corrientes. El titular de cada repartición tomará las medidas necesarias para que el personal a su cargo utilice esta feria administrativa en el período establecido.
ARTÍCULO 2º: INSTRÚYESE a los titulares de cada ministerio a que dispongan un sistema de guardias a fin de no interrumpir la regularidad y continuidad de la prestación de los respectivos servicios públicos, según sus necesidades, extensión y formas de cubrirlas.
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE que el personal afectado a las guardias diagramadas en virtud del artículo anterior que no pueda hacer uso de la feria administrativa en el período dispuesto en el artículo 1°, podrá hacerlo hasta el 31 de enero de 2021. Vencido este plazo finaliza el período de uso de la feria administrativa.
ARTÍCULO 4º: EL presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
En virtud a a la feria administrativa dispuesta por Decreto 2531/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, se informan las siguientes Receptorías permanecerán cerradas, en las fechas indicadas y/o por Licencias Ordinarias:
• Alvear: del 28/12/2020 al 31/01/2021
• Caa Cati: del 28/12/2020 al 31/01/2021
• Capital Federal: del 04/01 al 31/01/2021
• Colonia Liebig: del 28/12/2020 al 17/01/2021
• Gobernador Martinez: del 04 al 10/01/2021
• Ita Ibaté: del 28/12/2020 al 31/01/2021
• Lomas de Vallejos: del 28/12/2020 al 10/01/2021
• Loreto: del 04 al 10/01/2021
• Mburucuyá: del 04 al 10/01/2021
• Monte Caseros: del 28/12/2020 al 24/01/2021
• San Miguel: del 04 al 10/01/2021
• Sauce: del 28 al 30/12/2020
• Tabay: del 04/01 al 14/02/2021
• Yapeyú: del 28/12/2020 al 31/01/2021
Asimismo se informa que la Receptoría de Empedrado, estará abierta para la atención de Contribuyentes, todos los lunes.