Novedad Jurisdicción provincia de Tucumán
Para aquellos que todavía no realizaron la adhesión al D.F.E. destacamos que mediante la Resolución General DGR 43/2018, se prorroga hasta el 4/5/2018 la obligatoriedad de la constitución del domicilio fiscal electrónico para determinados contribuyentes -RG (DGR Tucumán) 19/2018-.
RESOLUCIÓN GENERAL (Dirección General de Rentas Tucumán) 43/2018
VISTO La RG (DGR) N° 19/18, y Considerando que por la RG (DGR) N° 33/18 se prorrogó hasta el 13 de abril de 2018 el plazo establecido por el artículo 2º de la resolución general citada en el Visto; Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan prorrogar nuevamente el referido plazo de forma tal que los contribuyentes obligados consignados en el Anexo de la citada RG (DGR) N° 19/18 puedan dar cumplimiento en tiempo y forma con la respectiva obligación a su cargo; Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal y Recaudación; Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° y concordantes del Código Tributario Provincial,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Art. 1 - Prorrogar hasta el 4 de mayo de 2018 inclusive, el plazo establecido por el artículo 2 de la resolución general (DGR) 19/2018.
Art. 2 - De forma.
Normativa relacionada
RG 43/2018 - Prórroga.
RG 33/2018 - Prórroga.
RG 19/2018 - Anexo con incluidos.
RG 86/2017 - Prórroga.
RG 72/2017 - Prórroga.
RG 31/2017 - Domicilio Fiscal Electrónico - Reglamentación.
Por último, debemos señalar que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en dichas normas será considerado una infracción a los deberes formales en los términos del inciso 1) párrafo cuarto del artículo 82 del Código Tributario Provincial.